El pasado 8 de octubre, OPRACOL Córdoba informó a sus asociados del acuerdo adoptado por el Comité Permanente de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos (SCoPAFF) de la Comisión Europea, mediante el cual se planteaba modificar el Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564, con el fin de prorrogar la entrada en vigor de la obligatoriedad del registro electrónico de tratamientos fitosanitarios hasta el 1 de enero de 2027.
🧾 Publicación oficial de la modificación
El 3 de noviembre de 2025 se ha publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE) el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2203 de la Comisión, de 31 de octubre, que introduce formalmente esta modificación.
El nuevo texto sustituye el artículo correspondiente del Reglamento (UE) 2023/564, quedando redactado de la siguiente forma:
«En cuanto a los usos de productos fitosanitarios en su territorio antes del 1 de enero de 2027, los Estados miembros podrán autorizar que los respectivos registros no se transfieran al formato electrónico prescrito.»
Esta redacción confirma que la obligatoriedad del registro electrónico se retrasa al 1 de enero de 2027, pero introduce un matiz importante: la aplicación efectiva de la prórroga dependerá de la decisión de cada Estado miembro, en este caso España, que deberá autorizar expresamente el mantenimiento de los registros en formato tradicional (en papel o soporte local) durante el periodo transitorio.
🧩 Contexto normativo
El Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 desarrolla el artículo 67 del Reglamento (CE) nº 1107/2009, estableciendo las obligaciones de los usuarios profesionales, distribuidores y asesores en materia de registro, conservación y comunicación electrónica de los tratamientos fitosanitarios realizados.
Su objetivo es garantizar la trazabilidad y transparencia en el uso de productos fitosanitarios en toda la Unión Europea, mediante un sistema electrónico armonizado que permita el control de datos por parte de las autoridades competentes.
Sin embargo, la complejidad técnica, la necesidad de adaptar los sistemas informáticos nacionales (como SIEX en España), y las dificultades de aplicación práctica en explotaciones pequeñas o zonas rurales, han llevado a la Comisión a aplazar su obligatoriedad dos años más.
⚖️ Situación en España
En nuestro país, la gestión de los registros de tratamientos fitosanitarios está integrada dentro del Sistema de Información de Explotaciones Agrícolas y Ganaderas (SIEX) y del Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE).
Aunque España ya ha avanzado notablemente en la digitalización del sector, la prórroga hasta 2027 ofrece una oportunidad para consolidar y simplificar los sistemas de carga de datos, integrando aplicaciones y plataformas que faciliten su uso por parte de agricultores, cooperativas y entidades técnicas.
Será el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) quien deba dictar la autorización nacional para que los registros puedan mantenerse en formato no electrónico hasta esa fecha, así como establecer las condiciones de transición.
💡 Implicaciones prácticas para los agricultores
- Hasta que España adopte la decisión formal, la obligación del registro electrónico sigue pendiente de confirmación nacional.
- En cualquier caso, la fecha límite fijada por la Comisión Europea será el 1 de enero de 2027.
- Los agricultores que utilicen aplicaciones o programas como cuadernos digitales podrán seguir registrando sus tratamientos conforme al modelo actual, sin sanciones por no hacerlo en formato electrónico hasta que la medida sea efectiva.
- Las entidades como OPRACOL Córdoba continuarán adaptando sus sistemas técnicos y formativos para facilitar la transición hacia el formato digital obligatorio.
🔗 Documento oficial
Puede consultar el texto íntegro en el siguiente enlace al Diario Oficial de la Unión Europea:
👉 Reglamento de Ejecución (UE) 2025/2203 de la Comisión, de 31 de octubre
🟢 Conclusión
La entrada en vigor obligatoria del registro electrónico de tratamientos fitosanitarios se retrasa al 1 de enero de 2027, aunque su aplicación práctica dependerá de la autorización del Estado miembro.
Esta prórroga supone un respiro necesario para agricultores, cooperativas y entidades técnicas, que disponen ahora de más tiempo para adaptar sus herramientas digitales y procedimientos antes de que la norma sea de cumplimiento generalizado en toda la Unión Europea.




