En Andalucía, el asesoramiento a agricultores que financia el PEPAC debería ser un servicio imparcial, sin conflictos de interés y orientado a mejorar la gestión técnica y normativa de las explotaciones. Así lo establece el propio marco europeo en el que se apoya la convocatoria andaluza para 2025 (art. 15 del Regl. (UE) 2021/2115).
La realidad de la convocatoria publicada el pasado 23 de septiembre en BOJA es otra: vuelve a restringir, como en la dos campañas precedentes, quién puede ser beneficiario reduciendo el abanico a dos únicos tipos de entidades: organizaciones profesionales agrarias de ámbito andaluz y carácter general (las OPAs) y la federación de cooperativas agrarias de ámbito andaluz. Nadie más. Ni entidades privadas reconocidas, ni asociaciones locales, ni organizaciones técnicas que también asesoran desde hace años a miles de agricultores.

Además, el propio diseño económico fija un coste unitario por asesoramiento de 126,41 €, permite hasta 7.000 servicios subvencionables por provincia y financia el 100% del gasto de las entidades beneficiarias, dentro de un presupuesto de 6 millones de euros con cofinanciación FEADER (85%) y AGAE/Junta (15%). Es decir, dinero público que cubre íntegramente el servicio cuando lo presta una OPA o la federación de cooperativas.
Tres problemas de fondo
1) Acceso desigual de los agricultores al servicio.
Aunque en el papel se declara un asesoramiento “imparcial”, la financiación se concede sólo a quienes pertenezcan a ese club cerrado de entidades elegibles. Para el agricultor que gestiona su explotación con otra organización reconocida (o con asesoría privada), no hay apoyo equivalente, pese a que el servicio sea sustancialmente el mismo. El resultado práctico es un trato diferenciado difícil de reconciliar con los principios de igualdad y neutralidad competitiva que inspiran la Ley General de Subvenciones y la propia filosofía del asesoramiento del PEPAC.
2) Riesgo de conflicto de interés y de “captura” del servicio.
El marco europeo exige que el asesoramiento sea imparcial y sin conflictos. Pero la convocatoria incentiva que los mismos actores que representan intereses corporativos y sindicales sean quienes concentren el servicio subvencionado de forma excluyente para el resto de entidades reconocidas, añadiendo autobaremaciones adicionales donde puntúa fuertemente la presencia en al menos 6 provincias y haber realizado el servicio de asesoramiento previamente (limitado a los mismos beneficiarios), requisitos que de facto sólo estas entidades pueden acreditar. El efecto es autoselección a favor de las grandes estructuras y barrera de entrada para el resto.
3) Duplicidad funcional y distorsión competitiva.
Se paga con fondos públicos un asesoramiento que todos los agricultores que tramitaban sus ayudas ya venían recibiendo con sus propias cuotas o tarifas. La convocatoria prohíbe formalmente la doble financiación al justificar gastos (no se puede cobrar dos veces por el mismo servicio), y traslada una ventaja competitiva a un grupo de proveedores (los únicos subvencionados), presionando a la baja los precios de mercado y desplazando del mercado a quienes no reciben esa cobertura. Esto es especialmente sensible porque el servicio de asesoramiento subvencionado está vinculado a la tramitación en sí misma de la Solicitud Única y a obligaciones regladas para todos los agricultores, no sólo para los afiliados a esas entidades.
Qué dice el BOJA (y lo que implica en campo)
- Beneficiarios limitados: OPAs de ámbito andaluz y federación/cooperativas andaluzas.
- Objeto: asesorar durante la Solicitud Única 2025 (materias de la Intervención 7202.05).
- Financiación: coste unitario 126,41 €, hasta 7.000 asesoramientos/provincia, 100% de los gastos subvencionables; dotación total 6 M€.
- Exigencias europeas: asesoramiento imparcial y sin conflictos (Regl. 2021/2115, art. 15).
Traducido: si un agricultor acude a una entidad no incluida entre las beneficiarias, el asesoramiento no puede beneficiarse de una cobertura de hasta el 100% del coste de la tramitación con cargo a esta convocatoria, pese a que cumple la misma función pública (cumplir y entender el PEPAC). En la práctica se crea un doble carril para un servicio que debería ser universal desde todas las entidades reconocidas hacia el total de agricultores que tramiten su solicitud única en Andalucía.

¿Hay base para impugnación o revisión?
Sin prejuzgar lo que pudiera decidirse en un tribunal, hay tres vías de controversia razonables:
- Igualdad y concurrencia real: delimitar beneficiarios por su naturaleza sindical o federativa puede ser discriminatorio si el fin público es que el asesoramiento llegue a todas las explotaciones, con independencia de con quién trabajen habitualmente. La baremación por presencia territorial masiva refuerza esa exclusión indirecta impuesta por la tipología de la entidad (OPAs/Federación de cooperativas).
- Imparcialidad/conflictos de interés: si la entidad beneficiaria de la subvención y que asesora a un agricultor es a la vez representante de parte en procesos de negociación o movilización sectorial con la propia Administración, pueden concurrir incentivos cruzados contrarios a la neutralidad que exige el art. 15 del Reglamento (UE) 2021/2115.
- Distorsión competitiva: cubrir el 100% del coste sólo a ciertos proveedores altera el mercado del asesoramiento y desplaza a entidades no subvencionadas, a pesar de que muchas están habilitadas por la propia Administración para tramitar y asesorar. En un programa financiado con fondos europeos, la Administración debería extremar la neutralidad para evitar ventajas selectivas.
¿Qué propone Opracol Córdoba?
- Igualar el acceso: abrir desde ya convocatoria a todas las entidades habilitadas que presten asesoramiento PEPAC y cumplan requisitos técnicos, con los correspondientes controles de calidad, pero sin sesgos de pertenencia.
- Tarifa pública y cupos por explotación: si se mantiene el coste unitario, que el derecho al servicio sea del agricultor (bono/cheque asesoramiento transferible) y pueda elegir proveedor entre los homologados, evitando la “captura” por tipo de entidad.
- Transparencia reforzada: publicación de beneficiarios y servicios realizados (la propia convocatoria remite al régimen de publicidad de beneficiarios), auditoría antifraude y prohibición efectiva de exigir afiliación para acceder al servicio financiado.

La factura humana de un diseño injusto
Desde la óptica del agricultor no vinculado: quien no pertenece a una OPA o a la federación de cooperativas ve cómo una parte de los fondos europeos detraídos de sus propias ayudas se desvía para financiar el asesoramiento exclusivo de otros agricultores, únicamente por tramitar en esas entidades. La sensación es doblemente agria: paga la fiesta —porque la financiación nace del mismo sobre que sostenía su explotación— y, sin embargo, no entra en la sala. El mensaje que recibe es claro: si no pasas por estas estructuras, tu cumplimiento normativo y tu acceso al servicio público de tramitación de tus ayudas te cuesta más caro. Ese sesgo no es neutro; se traduce en un perjuicio económico directo en unas campañas en el que cada euro cuenta.
Desde la óptica de las demás entidades reconocidas: el diseño de la convocatoria distorsiona el mercado del asesoramiento al subvencionar al 100% el servicio a un número determinado de agricultores pertenecientes solo a algunas entidades. Esa asimetría desplaza clientela, rompe precios y deja a muchas oficinas y asesorías —habilitadas por la propia Administración y con plantillas estables — en competencia desleal. El resultado ya se vislumbra: pérdida de empleo cualificado, cierre de puntos de atención en comarcas enteras y, a medio plazo, menos diversidad y menos capilaridad para atender a los agricultores. Si el objetivo del PEPAC es fortalecer el tejido agrario andaluz, este camino lo adelgaza por el lado más débil.